DESDE EL MES DE JULIO LAS EMPRESAS ELÉCTRICAS A NIVEL NACIONAL APLICAN MEDIDAS COMPENSATORIAS PARA USUARIOS RESIDENCIALES
Quito, 04 de julio de 2021
Las medidas son de carácter temporal y aplican para los consumos de energía eléctrica
de abril y mayo de 2021.
Desde este mes de julio, los usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica verán reflejadas en sus planillas, las compensaciones dispuestas en el Decreto Ejecutivo Nro. 74 y la Resolución No. 018/2021, aprobada por el Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC).
Las empresas eléctricas de distribución a escala nacional realizaron los ajustes en sus sistemas comerciales para implementar la refacturación de los valores cobrados por energía eléctrica y alumbrado público en los meses de abril y mayo de 2021.
En este marco, el Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Juan Carlos Bermeo Calderón, ratificó que “desde este lunes 05 de julio, la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP) iniciará el proceso de refacturación a todos sus clientes en el área geográfica de influencia de la empresa pública, en estricta concordancia con lo señalado en el Decreto Ejecutivo 074 emitido por el Presidente Guillermo Lasso”.
Agregó que desde esta Cartera de Estado estarán vigilantes que se cumplan las medidas en beneficio de los usuarios.
Las principales medidas que se aplican desde este mes son:
Reliquidación de los valores facturados por energía eléctrica y alumbrado público a los usuarios cuyos consumos sean de 1 a 500 kWh/mes, utilizando los valores facturados en abril y mayo de 2019, siempre y cuando los valores facturados en 2021 (abril y mayo) sean superiores a los del 2019
Aplicación del valor de 10,50 centavos USD/kWh para la reliquidación de los valores a los usuarios cuyos consumos sean mayores a 500 kWh/mes.
Para los usuarios residenciales de la Tarifa de la Dignidad, cuyos consumos de energía eléctrica, en abril y mayo de 2021, sobrepasen los límites establecidos (hasta 130 kWh/mes en la Costa y 110 kWh/mes en la Sierra) se reliquidarán los valores aplicando la tarifa de 4 centavos USD/kWh.
Suspensión de cortes del servicio público de energía eléctrica por falta de pago a los consumidores del sector residencial, por un periodo de hasta 60 días, contados desde la expedición del Decreto Ejecutivo Nro. 74, de 11 de junio de 2021.
Prohibición de exigir la cancelación parcial o total del valor de la planilla eléctrica como requisito para el trámite de atención de reclamos de los usuarios residenciales.
La ARC ejecutará las acciones de control y seguimiento para garantizar el cumplimiento de las medidas compensatorias. De lo contrario, aplicará el régimen sancionatorio, como lo establece la ley. Además, se pone a disposición de la ciudadanía la línea de contacto 1800 LO JUSTO (565 878) y el correo electrónico atencion.ciudadana@controlrecursosyenergia.gob.ec. A través de estos canales, los usuarios pueden denunciar en caso de incumplimiento de alguna de las empresas eléctricas de distribución.
Fuente: Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables
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